Vivimos una época donde debido a diversos factores cada vez es más difícil tener hijos de manera natural y aquellas personas que desean ser padres o madres tiene que recurrir a alternativas para lograr la paternidad, siendo una de ellas la adopción internacional. Normalmente la decisión de adoptar a un menor de otro país es porque en España, por inverosímil que parezca, el trámite puede prolongarse unos años más que si lo haces en el extranjero.
Esta opción se presenta como una alternativa viable que se compone de una serie de trámites legislativos y judiciales que deben ser aprobados por las legislaciones vigentes tanto de España como del país donde se solicita la adopción.
Obviamente, si la adopción se va a llevar a cabo en un país de habla hispana no será necesario traducir ninguna documentación ni para el inicio de los trámites ni a posteriori. Sin embargo, si se va a desarrollar en un país de habla inglesa, o donde acogen el inglés para trámites oficiales (caso de algunos países menos desarrollados), el número de traducciones con las que debas contar se multiplican.
Nuestra experiencia nos dice que los organismos que se encargan de implementar una adopción se encargan de las primeras traducciones que se necesiten realizar. Pocos son los clientes que llegan a nosotros para iniciar el proceso. Para la mayoría suele ser más cómodo (aunque no sea menos costoso) dejar las traducciones juradas en manos de dichos organismos por temor a hacer algo erróneo o distinto que provoque la ralentización de los trámites, nada más lejos de la realidad.
¿Qué se suele pedir? Hemos traducido desde documentación médica que acredita el estado de salud de los padres, sus documentos de identidad, cartas o certificados de trabajo, informes psico-sociales… Todo aquello orientado a apoyar el hecho de que los padres adoptivos están en condiciones económicas y psicológicas de encargarse del crecimiento de uno o varios menores en el mejor entorno posible (declaración de idoneidad).
Para solicitar una adopción internacional es necesario realizar una solicitud de adopción a la cual se aplican una serie de procedimientos como el convenio relativo a la protección del menor y la cooperación en materia de adopción internacional. El trámite se inicia en España y se trasladará al país extranjero de origen del niño, que felizmente terminará con la resolución de la adopción a favor de los solicitantes en la gran mayoría de los casos.
Como se puede apreciar, son exhaustivos los trámites que se han de pasar para finalmente conseguir la adopción de un menor, pudiendo alargarse la duración de estos en años. Pero todo merece la pena cuando por fin viaja con sus futuros padres a España a iniciar una nueva vida. Todo el tiempo de espera se olvida y a nosotros llegan unos padres preocupados lo primero de todo por inscribir a su hijo en el registro civil de su ciudad y poder tener acceso a la sanidad pública. En estos casos traducimos los certificados de nacimiento del menor (de Filipinas, Etiopía, China, etc) y/o certificados que constatan la acogida del mismo por alguna organización que ha garantizado su bienestar hasta ese momento y su traspaso a los padres adoptivos.
Posteriormente y de forma periódica, según el país de origen del niño, se deberán de enviar traducidos informes de seguimiento con la familia hasta cierta edad.
Aunque la adopción internacional no es todo lo rápida que quisiéramos, hay muchos niños solos que necesitan de unos padres y muchas personas que necesitan dar su cariño a unos hijos. La barrera lingüística no debe ser un hándicap para parar este deseo, solo son papeles en un idioma que hay que pasar a otro idioma y ya sabes que puedes contar con nosotros para ello, quienes te facilitaremos la tarea todo lo posible.